Es la sucesión de la prestación que venía devengando el titular, a sus beneficiarios, en el orden y porcentajes establecidos en los estatutos de carrera de cada categoría.
Requisitos que debe aportar para tramitar el reconocimiento de la sustitución si es esposa del titular:
• Solicitud escrita dirigida al director de CASUR, firmada por la esposa, con dirección y teléfono actuales solicitando el reconocimiento de la prestación.
• Copia autentica del original del registro civil de defunción con número de cédula de ciudadanía, nombres y demás datos completos y correctos del causante, expedida por la autoridad donde reposa el registro.
• Copia autentica reciente (no mayor a 90 días) del original del registro civil de Matrimonio expedido por la respectiva notaría.
• Fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150% de la esposa
• Una (1) Manifestación escrita de la persona solicitante (esposa), bajo gravedad del juramento indicando:
Si hacia vida marital con el causante, es decir, si convivía y compartía TECHO LECHO Y MESA, indicando desde que fecha hasta que fecha exactamente, se produjo la convivencia. Lugar de la misma (DIRECCION, CIUDAD Y TELEFONO) y si existe separación legal de cuerpos o disolución y liquidación de la sociedad conyugal, aportar copia autentica de la sentencia donde conste el hecho.
• Dos (2) Manifestaciones escritas bajo gravedad del juramento, por terceras personas (no familiares) en las que se indique si la conyugue hacia vida marital con el causante al momento del fallecimiento, es decir, si convivía y compartía TECHO LECHO Y MESA, indicando desde que fecha hasta que fecha exactamente, lugar (DIRECCION, CIUDAD Y TELEFONO) donde se produjo la convivencia (las declaraciones deben incluir dirección y número telefónico de los declarantes).
• Fotocopia de las cédulas de ciudadanía de cada uno de los manifestantes.
• Certificación reciente de la cuenta bancaria del solicitante, en donde desee le sean consignados los valores por el citado concepto.
• Fotocopia del formulario de afiliación a EPS, en el evento que se encuentre como beneficiaría o cotizante de una Entidad Promotora de Salud, diferente a la Policía Nacional.
NINGÚN TRAMITE PRESTACIONAL ANTE CASUR, REQUIERE DE INTERMEDIARIOS Y/O APODERADOS
www.casur.gov.co CRA 7 Ne 12B- 58 Tel (091) 2860911...ext. 301,302,303,304
IJ. (R.A) ALFONSO MORENO T.
Director Administrativo - webmaster ATOLPORE


















