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Senador Romero radicó proyecto para restablecer el subsidio a miembros de la Fuerzas Militares


"Necesitamos que el gobierno nacional les cumpla con los derechos que les pertenece", dijo Camilo Romero. 

Bogotá D.C., agosto 2 de 2013(Prensa Senado).- El congresista Camilo Romero perteneciente a la colectividad del Polo Alternativo Democrático, radicó ante el Secretario General del Senado; Gregorio Eljach, la iniciativa que busca restablecerle el subsidio familiar, a los soldados profesionales e Infantes de Marina de las Fuerzas Militares del país.



Romero manifestó que con el proyecto pretende reintegrar el subsidio a los miembros de la Fuerza Pública que han dedicado toda su vida al servicio del país, ya que éstos fueron retirados en el año 2009. Además que se les pague con retroactivo, teniendo encuentra la nivelación salarial.

El parlamentario hizo la radicación junto con un grupo de soldados, quienes relataron al secretario general el drama que está viviendo, por la poca asignación en su salario y la falta del subsidio. Daniel Osorio, pensionado de las Fuerzas Militares, expresó que con este subsidio pretenden tener una mejor calidad de vida.

La iniciativa indica que este beneficio será para los soldados profesionales casados o con unión marital, quienes deberán reportar el cambio de estado civil al Comando de la Fuerza de conformidad con la reglamentación vigente. Este subsidio será equivalente al cuatro por ciento (4%) de su salario básico mensual, más el 100% de la prima de antigüedad.

Igualmente señala que los soldados profesionales que por su vinculación a la fuerza pública posterior al 30 de septiembre de 2009, no han recibido el monto correspondiente al subsidio familiar mensual, tendrán derecho a que se les reconozca y liquide dicho monto desde la fecha de su vinculación hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.

El subsidio familiar será tenido en cuenta como partida computable al momento de liquidar la asignación de retiro de los Soldados Profesionales e Infantes de Marina.

También apunta que en el evento en el que ocurra el fallecimiento de un Soldado Profesional o Infante de Marina, y este estuviere percibiendo el subsidio familiar de que trata esta Ley, su cónyuge o compañera permanente, continuará gozando del beneficio, en el mismo porcentaje en el que fue reconocido por parte de la Fuerza. Igualmente, en caso de fallecimiento de la cónyuge o compañera permanente, el Soldado Profesional continuará percibiéndolo hasta cuando sus hijos tengan entre 18 y 25 años según la normatividad vigente.

El proyecto señala que el derecho solo se mantendrá, si existen hijos o hijas que no sobrepasen la edad de dieciocho (18) años o estén haciendo estudios postsecundarios, intermedios o técnicos, situación que dará lugar a que se pague el subsidio familiar hasta la edad de veintitrés (23) años cumplidos.


 

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